Es importante formarse para tomar decisiones acerca de un servicio tan importante como el del suministro de energía en nuestro hogar, e incluso movilizarse para reivindicar precios justos para todos los consumidores. Los consejos que se ofrecen a continuación forman parte del ‘Manual práctico del consumidor’, editado por nuestra asociación.
CONTRATACIÓN Y TIPOS DE TARIFAS
Las empresas que venden el gas natural a los consumidores se llaman comercializadoras. Según la Ley de Hidrocarburos, los propietarios de las redes de distribución de gas natural deben permitir su uso a cualquier comercializadora de gas natural autorizada. Al igual que en el sector eléctrico, podemos encontrar dos mercados diferenciados:
Mercado Libre
Los precios de venta y los contratos serán pactados entre el consumidor y el comercializador. Será una opción voluntaria para los consumidores con un consumo no superior a 50.000 kWh/año.
Mercado Regulado
Se aplicarán las tarifas de último recurso que se establecieron para la protección de los pequeños consumidores, reguladas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Podrán acogerse a ellas los consumidores cuya presión no supere los 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 50.000 kWh. Las comercializadoras son: Endesa Energía XXI, S.L.U; HC Naturgas Comercializadora de Último Recurso, S.A.U; Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.; Madrileña Suministro de Gas S.U.R. 2010, S.L.; Gas Natural S.U.R. SDG, S.A.
Hay dos tarifas de último recurso:
– T.1 para un consumo no superior a 5.000 kWh/año. Es lo usual en una vivienda con cocina y/o calentador de agua de gas natural.
– T.2 para un consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 kwh/año. Es el habitual en una vivienda con calefacción de gas natural.
El término variable de la tarifa se actualizará trimestralmente, desde el día 1 de los meses de enero, abril, julio y octubre, siempre que el coste de la materia prima tenga una variación superior al 2 %.
Contratación
Para dar de alta el suministro de gas habrá que hacer una serie de trámites, que dependerán de si hay que realizar la acometida porque la vivienda no tenía instalación de gas o sí. Las acometidas son las instalaciones que permitirán el suministro de gas y los derechos de acometida es lo que habrá que pagar a la distribuidora por instalarlo. Si la vivienda ya cuenta con la acometida, anteriormente deberá abonar los derechos de alta y el enganche. Además habrá que realizar las verificaciones de las instalaciones pertinentes, salvo que hayamos presentado un boletín de instalador autorizado de gas o si ha sido necesario presentar un proyecto y un certificado de fin de obra para la ejecución.
Una vez dado de alta el suministro deberemos elegir con qué compañía comercializadora contratamos, para lo que hay que tener en cuenta estos consejos:
– Si recibe la visita de comerciales para cambiar de compañía tiene que ser muy cuidadoso con la documentación que entregue, no facilitar los datos bancarios si no está seguro y vigilar lo que firma. Si una vez firmado el contrato; ya sea en su domicilio, por teléfono, por Internet u otro medio de contratación a distancia; cambia de idea tiene 14 días para trasladar su desistimiento a la compañía. Hágalo por escrito y quédese con justificante de entrega.
-La publicidad es vinculante y se debe exigir su cumplimiento. Hay que guardar todos los documentos de oferta de servicios, instrucciones, catálogos…
Es importante revisar los periodos de permanencia de los contratos de suministro y de los servicios asociados. Si nos ofrecen algún descuento deberemos conocer sobre qué parte de la factura se aplica y la duración del mismo.
LA FACTURA DEL GAS
La factura del gas incluye distintos componentes:
Tipo de contrato. Se precisa el producto o servicio contratado y el número de contrato.
Término fijo. Es lo que el consumidor paga por recibir el gas en su hogar. Es independiente de lo que consuma y depende de la clase de tarifa aplicada.
Consumo de gas. Consumo efectuado en el periodo facturado.
IVA. Se aplica el 21% sobre el total de suministro.
Otros conceptos que pueden aparecer facturados:
Canon de finca. Si aparece tiene que existir un acuerdo entre la Comunidad de Propietarios y la compañía del gas, por el que se repercuten los costes de instalación a los propietarios.
Alquiler del contador. A través del contador se sabe el consumo de gas en la vivienda.
Productos y servicios adicionales. Contratación de otros servicios, como el servicio de mantenimiento.
Derechos de alta. Son las percepciones económicas que pueden percibir las distribuidoras de gas natural, al contratar la prestación del servicio de suministro de combustibles gaseosos por canalización con un nuevo usuario.
Derechos de acometida. Es lo que habrá que pagar a la distribuidora por realizar estos trabajos de instalación, pero que se encarga de cobrarlo la comercializadora.
Deberá aparecer un detalle del cálculo del consumo de gas en donde aparezcan las lecturas del contador, reales y/o estimadas, y el factor de conversión de metros cúbicos a kilowatios hora.
INSPECCIONES Y REVISIONES DE LA INSTALACIÓN
El propietario de la instalación o los usuarios, como el arrendatario de una vivienda, son responsables del mantenimiento y buen uso de la instalación. Las inspecciones deben hacerse por parte de los distribuidores o por personal contratado por estos, cada 5 años y dentro del año natural de vencimiento de este período. El distribuidor tendrá que comunicar a los usuarios, con una antelación mínima de 5 días, la fecha de la visita de inspección. Los distribuidores repercutirán a los usuarios el coste de la inspección y aparatos de gas mediante la factura sin estar permitido el pago en efectivo. Si no se siguen estas pautas el consumidor ha de desconfiar y pedir acreditaciones.
En las calderas se deberán hacer tareas de mantenimiento cada 2 años. Podrá elegirse un técnico independiente. No hay tarifas preestablecidas, por lo que se recomienda solicitar un presupuesto y comparar precios antes de la contratación. Si la inspección es favorable el distribuidor entregará un Certificado de Inspección cumplimentado. Si es desfavorable puede ser por dos supuestos:
Anomalía principal. Si no se puede corregir en el momento se interrumpirá el suministro y se precintará la parte de la instalación pertinente o el aparato afectado. El titular es el responsable de la corrección de las anomalías detectadas y deberá solicitar los servicios de un técnico, que entregará un justificante de corrección y enviará copia al distribuidor.
Anomalía secundaria. Se dará un plazo de 15 días para su corrección. Deberá usar los servicios de un técnico, que entregará un justificante de corrección y enviará copia al distribuidor.
Las distribuidoras deben tener a disposición de los clientes la tarifa de precios de los materiales, mano de obra, transportes y/o desplazamientos en el caso de que hayan sido necesarios.
Compruebe la fecha de la última revisión y sabrá cuándo debe pasar la próxima
Es importante que el consumidor esté alerta y tome ciertas precauciones:
1) Desconfiar de las visitas inesperadas de empresas instaladoras de gas para realizar la revisión del gas butano o gas natural, si no ha solicitado previamente su servicio o no han sido notificadas por las empresas correspondientes. Consulte con su suministradora ya que sólo ésta es la que tiene que hacer el control de seguridad de las instalaciones y aparatos.
2) Si recibe la visita de comerciales para cambiar de compañía tiene que ser muy cuidadoso con la documentación que se entregue, nunca facilitar los datos bancarios si no está seguro y vigilar lo que firma.
3) Si alguien nos ofrece hacer la revisión habrá que pedirle el nombre y el NIF de la empresa.
4) Antes de iniciar la revisión hay que solicitar información sobre las tarifas.
5) Hay que guardar, junto a la factura, las piezas sustituidas ya que en el caso de reclamación servirán como prueba del servicio recibido.
6) Si detectamos defectos después de una revisión obligatoria, el usuario dispone de 6 meses para solicitar la reparación de éstos, sin que se le pueda imputar gasto alguno a mayores.
MOTIVOS DE RECLAMACIÓN MÁS HABITUALES
A) Irregularidades en la factura, por importes desproporcionados en facturas estimadas o lentitud en la regularización de consumos estimados. Esto se puede producir porque las compañías han aplicado una lectura estimada según la media histórica del consumo durante el año, de forma que cuando aplica la lectura real la facturación se dispara. También se pueden deber a averías.
B) Amenazas de corte de suministro. La empresa distribuidora sólo podrá interrumpir el suministro a sus usuarios en determinados casos: Cuando se establezcan derivaciones para suministrar gas a una instalación no prevista en el contrato, cuando las instalaciones receptoras o aparatos consumidores de gas no cuenten con las autorizaciones necesarias, cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su funcionamiento, por una deficiente conservación de las instalaciones, cuando ello suponga peligro y, por último, en el caso de que el usuario no permita al personal autorizado por la empresa la entrada en la vivienda, para inspeccionar las instalaciones o hacer la lectura de contador. También puede suceder en una situación de impago, cuando hayan transcurrido 2 meses desde que les hubiera sido requerido el pago, sin que se hubiera hecho efectivo.
En todos los casos anteriores, la interrupción del suministro se llevará a cabo por la empresa distribuidora, quien lo comunicará al usuario con una antelación mínima de 6 días hábiles, salvo cuando la incidencia suponga peligro para la seguridad de personas o bienes, en ese caso la suspensión será inmediata. En dicha comunicación deberá figurar la fecha de suspensión del suministro y su causa. El usuario podrá recurrir, en un plazo máximo de 6 días, a la Administración competente, que resolverá sobre la suspensión en un plazo máximo de 20 días, entendiéndose desestimada en caso de no existir resolución expresa.
Si el usuario recurre la suspensión del suministro, deberá remitir copia del recurso presentado a la empresa distribuidora, que nunca podrá proceder a la suspensión del suministro mientras no haya resolución por parte de la Administración. Mientras persista la suspensión del suministro no se seguirá facturando el término fijo de la tarifa.
RECLAMACIONES DEL GAS
El consumidor deberá interponer una reclamación por escrito en el Departamento de Atención al Cliente de la comercializadora. Se deberán incluir los datos de contacto, expresar el problema sufrido, lo que se solicita y adjuntar la documentación que lo justifica. Las empresas deben entregar un justificante de entrega de la reclamación o un código que las identifique.
La empresa tiene 1 mes para responder a nuestro requerimiento. Si su respuesta no es satisfactoria, nos debe facilitar información sobre las vías de resolución de conflictos donde continuar con la reclamación. Para la resolución de conflictos por vía administrativa para las modalidades de suministro de último recurso, la reclamación tendrá que interponerse ante el organismo competente en cada Comunidad Autónoma. También cabe la posibilidad de que la comercializadora esté adherida al Arbitraje de Consumo, si es así habría que solicitar un arbitraje. Si nuestra comercializadora es de Mercado Libre y no está adherida al Arbitraje deberemos acudir a los tribunales, salvo en conflictos que se refieran a la tarifa de acceso ya que sería competente la Comunidad Autónoma.
OTROS SUMINISTROS ENERGÉTICOS
Gas butano
El formato de adquisición de butano se basa en el reparto domiciliario que llevan a cabo vehículos de las empresas comercializadoras y en la venta al detalle de estaciones de servicio. Hay que guardar el tícket de compra por si hay problemas con la bombona y guardar el recipiente, que una vez vacío debe ser cambiado, rellenado y reutilizado so pena de multa o pérdida de fianza.
El butano es un gas tremendamente inestable e inflamable, que en condiciones no adecuadas de manipulación puede causar accidentes. Es fundamental que los consumidores tengan claro cómo manipulan las bombonas de butano y sus enganches a los calentadores y cocinas. Es responsabilidad de las comercializadoras proveer a los usuarios de los conocimientos y habilidades necesarias para una correcta manipulación.
Gasolinas y gasóleos
El mercado de los carburantes derivados de petróleo es uno de los que muestran mayor disparidad según sean los operadores que comercialicen. Las grandes compañías petroleras, que dominan los canales de distribución, tienen unos precios mucho más caros que aquellas estaciones de servicio o distribuidores de carburante independientes o de hipermercados. Comparar bien las comercializadoras y optimizar rutas y mecanismos de distribución puede procurar un ahorro de hasta el 20%.
CÓMO AHORRAR EN GAS Y OTROS SUMINISTROS ENERGÉTICOS
Si nuestra caldera de calefacción es de gas, en invierno la temperatura de la calefacción no debería superar los 21º, manteniéndola encendida un máximo de 8 horas o de 6 si el aislamiento de la vivienda es de alta calidad.
Mantener en buen estado nuestra caldera, o tener un modelo de consumo eficiente, supone un gran ahorro en gas.
Uso racional del agua caliente; mantener el grifo abierto sólo lo imprescindible.
Si tenemos quemadores de gas en la cocina, deben estar limpios para que el gas se distribuya de forma eficiente.
Cocinando a fuego lento o moderado también se ahorra energía.